DERECHO PROCESAL PENAL
AUTORES:
Ada Suni Garcia,Bernardo Contreras,Luis Lomeli & Jorge Farro
(2008).derecho procesal penal. guadalajara,jalisco,mexico.
Fileación: Universidad Autonoma de Guadalajara
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INTRODUCCION
En el ambito penal,los delincuentes que hacen cualquier tipo de atrocidad contra
las demas personas
y que afectan
de manera fisica y psicologica a las
victimas,son considerados como acreedores a su dignidad o ya la perdieron por
completo,tenemos que tener alguna consideracion con ellos? ¿qué tenemos que
entender por dignidad humanab y cuando acaba o empieza?
Dentro del Derecho Penal las normas del Derecho sustantivo van orientadas a
señalar las conductas que el Estado, en cuanto representante de los intereses
sociales, ha de prohibir bajo el establecimiento de represión de las mismas si
éstas se producen. Esto quiere decir que, la función del
Estado
en este sentido es
enunciativa y constituye el Derecho Penal Material; en términos más sencillos, es
el encargado de establecer lo que se considera, en cada momento histórico
concreto, como delito, como la acción u omisión socialmente peligrosa y las
medidas o consecuencias que, como sanción, se fijan para esos actuares, lo cual
se hace análogamente al señalamiento del tipo delictivo, de forma abstracta y
general.
En el Derecho Procesal Penal podemos encontrar una institución muy importante
que es la del Juicio Oral que no es más que el conjunto de actos procesales
previstos en la ley que tienen lugar en el último período del proceso de
conocimiento en torno a la producción y práctica de los medios de prueba con el
objetivo de permitir a las partes la confrontación y refutación de sus respectivas
alegaciones y pretensiones y de que el órgano jurisdiccional alcance la certeza
plena y fundamentada acerca del objeto del proceso y consecuentemente
sancione al acusado o en su defecto declare su absolución por imperio del
principio in dubio pro reo o por concurrir alguna circunstancia legal que oriente
esta decisión.

ABSTRAC
En los últimos años el Derecho Procesal ha sufrido muchos cambios en nuestro
país., Los diversos estudios que se han realizado recientemente respecto a ¿cómo
el juez decide una cuestión penal? apuntan a que dicho proceso es un todo
continuo de naturaleza bidireccional. En efecto, el juez que decide sobre un hecho
posiblemente delictivo no se desdobla para, primero, analizar el asunto desde una
perspectiva dogmático penal y, luego, aplicar los principios de la doctrina procesal
penal. Desde nuestro punto de vista, la decisión definitiva sobre absolución o
condena se realiza en el marco de un proceso penal institucionalizado que, a su
vez, es un elemento del sistema de justicia penal. Desde esta perspectiva,
entonces, la interpretación jurídica respecto de las cuestiones procesales penales
