Obligaciones del comprador
5. Devolver lo recibido del comprador y pagar una compensación equitativa por el uso
del bien e indemnizar los daños y perjuicio. En el caso en que se resuelva el contrato
por falta de pago del comprador.
6. Recibir el bien en el plazo fijado en el contrato o en que señalen los usos, sino
hubiera un plazo convenido o de usos diversos, el comprador deberá recibir el bien al
momento de celebrar el contrato.
Garantía personal
Fianza
Concepto: contrato en virtud del cual
una persona llamada fiador
se compromete con
un acreedor a cubrir un adeudo, no importa el monto/crédito de la fianza. La garantía
es el afianzador, quien paga en caso de que no se lleve a cabo lo planeado (sólo en caso
de incumplimiento).
Garantías Reales
Prenda
Contrato en virtud del cual un deudor entrega un
bien mueble
a su acreedor en
garantía del pago de la deuda. Derecho, en el acreedor, de hacerse pagar, con
preferencia a los demás acreedores, por la venta en su favor del bien entregado por el
deudor. La cosa o bien entregado en garantía.
Hipoteca
Derecho real de garantía por el cual quedan gravados directa o indirectamente los
bienes, sobre los que se constituye al cumplimiento de una determinada obligación
para cuya seguridad se constituyen. Se trata de un derecho real indivisible, accesorio
del de crédito, de realización de valor, que se constituye para garantizar el
cumplimiento de una obligación pecuniaria (en dinero), que recae sobre
bienes
inmuebles.
Características del contrato de fianza, prenda, hipoteca
Acceso (derivan de un contrato)
Unilateral, generalmente (solamente una de las partes es la que está solicitando
la garantía; en cuanto a su imposición)
Bilateral (existen derechos y obligaciones para ambas partes)
Oneroso por excepción (el que responde por nosotros nos cobra una pequeña
garantía por garantizar la obligación entre un 3% al 6%)
Consensual en oposición a formal (el fiador forzosamente tiene que dar su
consentimiento por escrito)
Aleatorio o conmutativo (la fianza recae sobre diferentes objetos)
De garantía (respalda el cumplimiento de la obligación)
Extinción de los contratos:
Principal por obligación (si esta se extingue la obligación accesoria también
fianza, prenda, hipoteca
)
Vía directa (se extingue si cumplas con la garantía ya sea el fiador o el
principal)
Confusión (acreedor y deudor son la misma persona)

CONTRATO DE MANDATO
El mandato es un contrato por el cual una persona se obliga gratuitamente, o mediante
salario, a ejecutar uno o más negocios por cuenta de otra, que la ha encargado de ello.
(Cuando mandas a otra persona a nombre tuyo)
1.
Actos de dominio: yo le estoy transmitiendo a mi apoderado la facultad para
que pueda comprar, vendar, hipotecar y conseguir préstamos a mi nombre, es
necesario que se realice forzosamente frente a un notario.


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- Fall '19
- Cheque, Hipoteca, Título de crédito, Sociedad mercantil, Sociedad de responsabilidad limitada, Cooperativa