En caso de que a juicio de la Secretaría de Hacienda el Contratista no haya
entregado la información suficiente para validar la solicitud presentada, ésta
podrá requerirle información adicional y/o solicitar la confirmación de la
información
originalmente
proporcionada
por
el
Contratista.
Dicho
requerimiento de información o solicitud de confirmación se hará por escrito y
deberá indicar, al menos:
I.
Objeto o propósito;
II.
Descripción de la información materia del requerimiento o confirmación;
III.
Plazo dentro del cual el Contratista debe dar respuesta, que no podrá ser
menor a cinco ni mayor a quince días hábiles, ambos contados a partir
de la fecha en que surta efecto la notificación;
IV.
Formato de entrega de la información, y
V.
Domicilio en el cual se deberá entregar la información y documentación
solicitada, o en su caso, medio o sistema electrónico para su transmisión.
A solicitud por escrito del Contratista, el plazo para la entrega de la información
requerida podrá ampliarse por una sola vez, sin que el mismo exceda en
ningún caso la mitad del plazo otorgado originalmente.
74 Séptimus.
En el caso de que la Secretaría de Hacienda determine la procedencia de la
solicitud de ajustes y correcciones presentada por el Contratista conforme a
las conclusiones obtenidas del procedimiento analítico realizado, notificará al
Contratista y al FMP de dicha determinación para que se realicen los ajustes
y correcciones respectivos.
74 Octavus.
En el caso de que la Secretaría de Hacienda determine que no son
procedentes los ajustes y correcciones lo notificará al Contratista y al FMP, y
podrá iniciar las labores de verificación mediante la realización de auditoría a
través de requerimiento de información o visita.

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74 Nónus.
La Secretaría de Hacienda podrá instruir en todo tiempo que las auditorías a
través de procedimientos analíticos se realicen conforme a los presentes
Lineamientos por el Servicio de Administración Tributaria.
En cualquier momento, la Secretaría de Hacienda podrá continuar con las
labores de verificación que hayan sido instruidas al Servicio de Administración
Tributaria, previa notificación al Contratista.
Sección IV. Solicitudes de información a Terceros y Partes Relacionadas
75.
En cualquier momento, la Secretaría de Hacienda podrá requerir a Terceros y
a Partes Relacionadas de los Contratistas la presentación de documentación
e información relacionada con sus operaciones con el Contratista y derivadas
de las actividades que éste realice al amparo del Contrato, con el fin de
complementar, sustentar y enriquecer las labores de verificación a su cargo.
Los requerimientos de información a que se refiere el párrafo anterior deberán
sujetarse, en lo conducente, a lo señalado en los numerales 49 y 50 de estos
Lineamientos.


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- Winter '20
- Cheque, Vida, Estados Unidos, Medio ambiente, Contrato, Precio