su parte, algunos rasgos específicos de la publicidad acentúan más si cabeestas limitaciones del derecho y hacen más necesaria la labor autorregula dora.Uno de estos rasgos es el gran dinamismo de la actividad publicitaria. Dado losintereses económicos en juego y su propia naturaleza, la publicidad resulta unaactividad especialmente dinámica, siempre dispuesta a aprovechar novedadeso producirlas ella misma con tal de llegar a un público saturado de mensajes.Justo lo contrario del derecho, siempre más lento y cuidadoso. Sólo cuandoalguna novedad tecnológica, comercial, comunicativa, etc., lleva ya algúntiempo en el mercado se produce su regulación jurídica. Entre la aparición de lanovedad y su regulación pasa por tanto un espacio de tiempo más o menosamplio. Este vacío suele ser una invitación para que los más desaprensivos seaprovechen y traten de obtener ganancias rápidas, con la tranquilidad que
supone no poder ser sancionados por ello. Aquí la autorregulación puede jugarun importante papel al suplir el vacío jurídico, estableciendo criterios quepermitan discriminar entre una publicidad ética y la que no lo es.Ejemplo de ello podría ser la publicidad en Internet. Dada la novedad del soporte,existe poca legislación al respecto y sin embargo la inversiónpublicitaria enla webes la que proporcionalmente está creciendo más un 117% en 1998.Algunos podrían tratar dar provecho del vacío legal. Hay otro rasgo de lapublicidad que hace particularmente difícil su regulación jurídica. Los mensajespublicitarios suelen tener (además del soporte y los componentes técnicos) doselementos muy diferentes a efectos del problema que estamos considerando. Así,el mensaje publicitario puede contener una serie de afirmaciones objetivasreferidas a aspectos del producto o servicio anunciado; por ejemplo, si lacomposición o el peso es la que se dice, si fue hecho donde se afirma, si eldescuento final se ajusta al prometido, etc. Dado su carácter objetivo, resultasencillo determinar si dichas afirmaciones son engañosas o no y por lo tanto esfácil discriminar jurídicamente en estos casos entre la publicidad correcta o no.Pero una gran mayoría de los mensajes publicitarios suelen incorporar además uncomponente puramente retórico, visual, etc., que acompaña la presentación delbien o de la marca y que suele actuar de reclamo a la hora de captar nuestraatención. En el caso de algunos productos, este componente prácticamente lo estodo a la hora de anunciarlos (pensemos en una colonia, por ejemplo). Al utilizaraquí historias, imágenes, temas, etc., la libertad creativa de los publicitarios esenorme y también lo es su influencia social y cultural. En ocasiones, este tipo derecursos pueden causar indignación e incluso daño a una parte del público,creando un problema ético. Algunas campañas especialmente provocativas oagresivas han sensibilizado a la opinión pública acerca de este tipo de excesos.