diferente, o por la instalación de un Proyecto de Recuperación Mejorada.
RESERVORIO
Estrato o estratos en el subsuelo, que estén produciendo o que se haya probado que
sean capaces de producir Hidrocarburos, que tienen un sistema común de presión en
toda su extensión, y que pueden formar parte de un Yacimiento.
RESPONSABLE DEL PROYECTO O INSTALACIÓN DE HIDROCARBUROS
En la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, es la Persona cuya
actividad se desarrolla dentro del territorio nacional y tiene a su cargo o participa en el
diseño y la realización de proyectos, ejecución de obras, operación y mantenimiento
de Instalaciones relacionadas con las Actividades de Hidrocarburos.
RESPONSABLE DEL PROYECTO
DS. 051-93-EM (Título IX del Reglamento)
Persona natural o jurídica definida en el Artículo 2 del presente Reglamento.
REVESTIMIENTO
En el Transporte de Hidrocarburos por Ductos y la Distribución de Gas Natural por
Red de Ductos, es el sistema de protección de superficies metálicas contra la corrosión
mediante sellado de superficies.
REVESTIMIENTO
DS. 081-2007-EM (Art. 2 del Anexo 1 del Reglamento) y el DS. 040-2008-EM (Art. 2 del
Anexo 1 del TUO del Reglamento)
Sistema de protección de superficies metálicas contra la corrosión mediante sellado
de superficies.
RISTRAS
DS. 032-2004-EM (Art. 2 del Reglamento)
Grupo de geófonos y/o hidrófonos utilizados durante una operación sísmica.

176
COMPILACIÓN DE DEFINICIONES CONTENIDAS EN LA
NORMATIVA DEL SECTOR HIDROCARBUROS EN EL PERÚ
R
RLCE
DS. 021-2012-EM (Art. 3 del Reglamento)
Reglamento de la LCE, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y sus
modificatorias.
ROCA
Mineral o compuesto de minerales que forma parte esencial de la corteza terrestre.
ROCA SELLO
DS. 032-2004-EM (Art. 2 del Reglamento)
Capa de Roca impermeable que evita la migración de los Hidrocarburos o fluidos en
general.

177
COMPILACIÓN DE DEFINICIONES CONTENIDAS EN LA
NORMATIVA DEL SECTOR HIDROCARBUROS EN EL PERÚ
S
SARTA
DS. 032-2004-EM (Art. 2 del Reglamento)
Conjunto de tuberías que ejercen una misma función.
SCADA
DS. 081-2007-EM (Art. 2 del Anexo 1 del Reglamento)
(Sistema Automático de Supervisión, Control y Adquisición de Datos y Monitoreo de
Condiciones Operativas (Supervisory, Control and Data Acquisition): Es un sistema
utilizado para recolectar información en tiempo real desde sensores instalados en
el Ducto y exhibir estos datos en los monitores para el control y supervisión desde
lugares remotos. Sirve para activar los sistemas de protección, paradas automáticas y
control en casos de accidentes o emergencias.
SCADA
DS. 040-2008-EM (Art. 2 del Anexo 1 del TUO del Reglamento)
Sistema de Supervisión, Control y Monitoreo de Condiciones Operativas
(“Supervisory, Control and Data Acquisition”).
SECTORES VULNERABLES
DS. 021-2012-EM (Art. 3 del Reglamento)
Aquellas personas o grupos de la población identificados por el MIDIS conforme lo
establecido en el artículo 6 del presente Reglamento.


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- Fall '19
- Estados Unidos, Combustible