2.5.1.3 Revisión de Dictamen
Un dictamen “es una opinión
o consejo que el perito en cualquier ciencia o arte
formula, verbalmente o por escrito, acerca de una cuestión de su especialidad,
previo requerimiento de las personas interesadas o de una autoridad de cualquier
orden,”
70
ahora bien, el dictamen de estados financieros del contribuyente es el
instrumento o “el documento suscrito por una actividad económica en el cual se
consignan datos valuados en unidades monetarias referentes a la obtención y
70
Glosario de Términos del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, voz:
Dictamen, p.37, visto en:
df

P á g i n a
|
66
aplicación de recursos materiales”.
71
Este dictamen se realiza por un Contador
Público Registrado (CPR), el cuales deben de ser autorizado por la Secretaria de
Hacienda y Crédito Público, para formular dictámenes de efectos fiscales de las
empresas o contribuyentes que así lo requieran, es decir, es decir, una opinión
técnica de la situación financiera del contribuyente.
El Código Fiscal de la Federación establece el dictamen de estados financieros
como una obligación pero solo para para ciertos contribuyentes, así pues, de
acuerdo el artículo 32-A del Código estos serán las personas físicas con actividades
empresariales y las personas morales, que en el ejercicio inmediato anterior hayan
obtenido ingresos acumulables superiores a $109,990,000.00, que el valor de su
activo determinado en los términos de las reglas de carácter general que al efecto
emita el Servicio de Administración Tributaria, sea superior a $86,892,100.00 o que
por lo menos trescientos de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada
uno de los meses del ejercicio inmediato anterior.
72
El dictamen de estados financieros con fines fiscales, es un procedimiento interno
de revisión, optativo para algunos contribuyentes, en virtud de un contrato de
prestación de servicios profesionales celebrado libremente entre el contribuyente y
el contador público. Este contrato se realiza con el objeto de que el contador
practique una auditoria sobre sus estados financieros elaborados por el
contribuyente, esto para comprobar mediante pruebas selectivas la veracidad de la
información contenida en la contabilidad; para que al final se emita un informe sobre
la revisión de la situación
73
.
La revisión del dictamen contable es una facultad de comprobación que tiene la
autoridad fiscal cuyo fundamento legal se encuentra previsto en el artículo 42,
71
Cfr VENEGAS ÁLVAREZ, Sonia, op cit. p 130.
72
Artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación, correspondiente a 2018. Última reforma
publicada DOF 27-01-2017. Cantidades actualizadas por Resolución Miscelánea Fiscal DOF 16-05-
2017.


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- Fall '19
- Estados Unidos, Comunicación, Poder legislativo, Derecho tributario, Derecho público, Constitución